Actualmente el número de emprendimientos en Panamá ha incrementado considerablemente, debido a la creatividad de muchos jovenes talentosos y visionarios que buscan, en alguno de los casos, la independecia económica, en esta bsqueda dejan de lado o desconecen acerca de la importancia de registrar su marca, talves pensando en que es un tedioso proceso, con un montón de trámites que les resatrá tiempo y dinero para producuir más ingresos.
Motivo por el cual vamos a esclarecer un poco las dudas y ayudarte a conocer más acerca de como registrar tu marca en Panamá.
¿Cómo hago para registrar mi marca?
Siempre debes pensar en registrar tu marca para evitar perdela o peor aún que sea plagiada, asi como otras prácticas ilegales que afecten el uso comercial de la marca, para registrarla es necesario contar con el respaldo profesional de una firma especializada en el tema.
¿Por qué es importante registrar mi marca en Panamá?
Es importante el registro de tu marca porque le otorga a la empresa, personalidad, esclusividad y seguridad, este último atributo también funciona de manera defensiva ya que nadie puede acusarle de imitación o copia de otra marca porque ya cuenta son la marca registrada a su nombre.
La exclusividad del uso de la marca se refiere a que nadie más puede usar el mismo tipo de producto o servicio para lo que se encuentra registrada su marca.
Al estar inscrito como propietario de una marca, se tiene la calidad y el compromiso que refuerzan la atención con la que respondes y actúas como empresa.
Ventajas:
- Evita el plagio o que se le acuse de imitar marcas existentes.
- Garantiza el uso exclusivo.
- Incrementa el valor de la empresa.
- Distinción ante la competencia.
- Licenciar o franquiciar el uso de la marca.
- Renovación del registro de marca cada 5 o 10 años.
Requisitos:
Para obtener el registro de una marca, se elevará por medio de un abogado una solicitud en un formulario que para tal efecto suministrará la DIGERPI, que incluirá lo siguiente:
- Poder a abogado (Nombre y domicilio del apoderado legal y, cuando corresponda, la referencia, de inscripción en el Registro de Poderes;
- Solicitud (Nombre, domicilio y nacionalidad del solicitante. Adicionalmente, cuando se trate de una persona jurídica, lugar de constitución y datos de inscripción si corresponde);
- Denominación y/o diseño de la marca, tal como será usada en el mercado;
- Los productos o servcios para los cuales se desea registrar la marca, conforme al Arreglo del Niza, con indicación del número de la o las clases;
- La reivindicación de un derecho de prioridad cuando proceda conforme a convenios, internacionales ratificados por la República de Panamá;
- Declaración de uso o intención de uso de la marca;
- Comprobante de pago de las tasas y derechos correspondiente a publicación, registro e inscripción.
En Castro & Castro abogados estamos preparados para ayudarte en lo que tu marca y logotipo requieren para ser registrados, ya que contamos con más de 30 años defendiendo la propiedad intelectual de inmumerables proyectos empresariales.
Puedes agendar tu cita escribiendo al correo abogados@castroycastro.com.